Condiciones generales
El presente documento establece las condiciones generales de contratación de los servicios de transferencia de fondos prestados por BOA EUROSERVICES S.A. (en adelante, «BOAE») a sus clientes en España en su condición de usuarios de servicios de pago y describe los derechos y obligaciones esenciales de cada una de las partes. A cada nuevo cliente se le entrega una copia de estas condiciones en el momento de su registro, en los términos vigentes en ese momento. BOAE se reserva el derecho de modificar estos términos en una fecha posterior, asegurándose de que la nueva versión esté disponible en sus sucursales y en línea en www.boa-euroservices.com. Las condiciones modificadas se aplicarán al cliente desde el momento de su publicación.
BOAE es una entidad de pago híbrida española perteneciente al grupo Bank of Africa, BMCE Group. BOAE tiene su domicilio social en la Calle Príncipe de Vergara 109, planta 7º derecha 28002 Madrid (España). La empresa dispone del número de identificación fiscal (NIF) A86445244 y está inscrita en el Registro Mercantil de Madrid en el tomo 30.060, folio 210, hoja M-541.061, inscripción 1ª.
BOAE es una entidad autorizada por el Banco de España, de acuerdo con lo establecido en la normativa de servicios de pago, para ofrecer el servicio de pago de transferencias de fondos previsto en el artículo 1.2, apartado f, del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
BOAE está inscrita en el registro de entidades de pago del Banco de España con el código 6852.
Las actividades de BOAE están supervisadas por el Banco de España y el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.
CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LAS TRANSFERENCIAS DE FONDOS
- Política de aceptación de clientes de BOA EuroServices
Solo podrán ser clientes las personas físicas domiciliadas en España con plena capacidad jurídica. Los beneficiarios de las transferencias de fondos solo podrán ser personas físicas establecidas en el país en el que esté establecida la sociedad matriz de Bank of Africa BMCE GROUP. Para poder realizar operaciones con BOAE, la persona física debe estar registrada como cliente en BOAE.
Para registrarse, los clientes potenciales deben ponerse en contacto con BOAE y:
- Cumplimentar y firmar la Ficha de Cliente, facilitando la información solicitada por BOAE. La información requerida por la Ficha de Cliente es obligatoria en virtud de la normativa, en particular las obligaciones relativas a la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, aplicables a BOAE en España. En caso necesario, podrá solicitarse más información para garantizar que las futuras órdenes de transferencia de fondos se ejecuten correctamente a los beneficiarios previamente designados por el cliente. Si el cliente desea registrarse a través de la aplicación (Daba Transfer) para teléfonos móviles o tabletas («Aplicación») a la que se refiere expresamente el artículo 9, deberá aceptar las presentes condiciones generales y firmar digitalmente la ficha de Cliente, de acuerdo con el procedimiento establecido a tal efecto por BOAE.
- Mostrar el original de su documento oficial de identidad (documento nacional de identidad o pasaporte europeo, permiso de residencia español y recibo en su caso), una copia del cual conservará BOAE. El documento de identidad debe estar en curso de validez.
- Presentar un justificante de domicilio con menos de tres meses de antigüedad (factura de electricidad, agua, gas o teléfono fijo, contrato de alquiler, certificado de seguro de hogar o justificante de alojamiento, acompañado del documento de identidad del anfitrión). BOA EuroServices se reserva el derecho a solicitar documentos adicionales.
- El cliente debe informar a BOAE lo antes posible de cualquier cambio en su situación (cambio de domicilio, cambio de trabajo, etc.), aportando las pruebas oportunas para actualizar su expediente.
Si en el transcurso de la relación se producen cambios en la situación del cliente y se le pide que los justifique, BOAE se reserva el derecho a bloquear las operaciones del cliente hasta que se presenten los documentos justificativos. Si el cliente no facilita los documentos requeridos, BOAE podrá poner fin a la relación comercial.
Todos los documentos presentados por el cliente deben ser siempre válidos, utilizables y coherentes con la situación declarada por este.
2) Emisión de una orden de transferencia de fondos
2.1) Remisión a BOAE del importe de las órdenes de transferencia de fondos.
El cliente puede remitir a BOAE el importe de sus órdenes de transferencia de fondos utilizando uno de los siguientes medios:
- Transferencia desde su cuenta bancaria.
- Domiciliación bancaria.
- Cargo en tarjeta de crédito a través de la aplicación móvil DABA TRANSFER.
Las cuentas bancarias utilizadas por el cliente a tal efecto deben estar abiertas en bancos situados en la Unión Europea.
No se aceptará dinero en efectivo en las instalaciones del BOAE.
2.2) Información que el cliente debe facilitar a BOAE para emitir una orden de transmisión de fondos.
- Información y documentos relativos al cliente: nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, número del documento de identidad en curso de validez, dirección y número de teléfono.
BOAE se reserva el derecho a solicitar justificantes adicionales al cliente.
- Datos del beneficiario o beneficiarios: nombre, apellidos, dirección, localidad, país de destino y número de cuenta.
Si el beneficiario cambia o se cierra su cuenta, el cliente informará a BOA EuroServices lo antes posible. No obstante, BOAE se reserva el derecho de cerrar la cuenta ordenante de BOAE sin previo aviso en caso de cierre de la cuenta beneficiaria.
- Información relativa a la relación comercial: motivo principal de la transferencia de fondos.
- Información sobre el origen de los fondos: profesión, ingresos, etc.
- Información relativa a los datos bancarios de la cuenta del cliente domiciliada en la Unión Europea
BOAE no será responsable de la ejecución defectuosa o de la no ejecución de una transferencia de fondos cuando alguno de los datos facilitados por el cliente sobre el beneficiario sea incorrecto.
2.3) Medios para facilitar la información necesaria para emitir órdenes de transferencia de fondos.
Los clientes pueden facilitar la información necesaria para emitir órdenes de transferencia de fondos al registrarse, cumplimentando y firmando la Ficha de Cliente.
Las órdenes de transferencia de fondos a los beneficiarios corresponderán a los importes previamente transferidos o depositados en la cuenta bancaria de BOAE, una vez deducida la comisión.
3) Comisiones relacionadas con el servicio de transferencia de fondos
El cliente solo pagará a BOAE una comisión por el servicio de transferencia de fondos, cuyo importe puede consultarse en el tablón de anuncios de cada sucursal de BOAE, en la página web www.boa-euroservices.com y en la Aplicación DABA TRANSFER.
Si se rechaza una domiciliación mediante adeudo en la cuenta bancaria del cliente, se le cobrará una comisión de rechazo.
4) Tipo de cambio aplicado
Dado que el tipo de cambio oficial entre el euro y el dírham varía, incluso en el transcurso del día, BOAE determinará el tipo de cambio exacto que se aplicará a la orden de transferencia de la operación.
No se puede proporcionar una cotización definitiva antes de que BOAE efectúe la operación para el beneficiario. El tipo de transferencia aplicable a la operación será el del día en que se transfieran los fondos a la cuenta del beneficiario.
En cualquier caso, el cliente puede ponerse en contacto por teléfono con BOAE para solicitar información sobre el tipo del día. Los tipos de cambio utilizados para la conversión se indicarán en el extracto que se pondrá a disposición del cliente en la página web: www.boa-euroservices.com y, en su caso, en la Aplicación DABA TRANSFER.
5) Autorización por parte del cliente y recepción por parte de BOAE de la orden de transferencia de fondos
Se considera que las órdenes de transferencia de fondos han sido autorizadas por el cliente cuando este haya dado, o se considere que ha dado, su consentimiento para su ejecución. El momento en que este consentimiento se considerará válido dependerá del medio utilizado por el cliente para remitir el importe de la orden de transferencia de fondos a BOAE.
- Si se realiza una transferencia desde la cuenta bancaria del cliente, se considerará que el consentimiento se ha dado válidamente cuando BOAE reciba los fondos.
- En el caso de los adeudos domiciliados en la cuenta bancaria del cliente, se considerará que el consentimiento se ha dado válidamente cuando el cliente cumplimente y firme una «orden de transferencia por domiciliación y mandato de domiciliación SEPA».
- En el caso de una operación que implique un cargo en una tarjeta bancaria a través de la aplicación móvil de BOAE, se considerará que el consentimiento ha sido otorgado válidamente cuando el cliente haya introducido los identificadores de seguridad requeridos por el emisor de la tarjeta bancaria integrada en la aplicación.
BOAE ejecuta la operación de pago a favor del beneficiario designado dentro del plazo establecido en el apartado 6. El cliente no puede revocar una orden de transferencia de dinero una vez que ha sido recibida por BOAE, a menos que BOAE acepte expresamente tal revocación.
BOAE podrá negarse a ejecutar una orden de transferencia de fondos. A menos que la ley lo prohíba, BOAE informará al cliente, a petición de este, de las razones de esta denegación.
6) Plazo máximo de ejecución de la operación de transferencia de fondos
Desde el momento del abono en la cuenta de BOAE, el plazo de ejecución de BOAE para transferencias y TPE es de D+1 hábil y de D+10 para los adeudos domiciliados.
Los plazos anteriormente mencionados son aplicables a menos que la operación esté bloqueada, ya sea debido a una obligación legal o debido a la existencia de un error en la información proporcionada por el cliente que esté en proceso de ser rectificada, sin perjuicio de los retrasos fuera del control de BOAE.
BOAE se reserva el derecho a solicitar información y documentos justificativos adicionales.
Hasta que se complete la operación, los fondos se mantendrán en la cuenta de BOAE dedicada a las operaciones por cuenta de sus clientes o, en su defecto, se depositarán en una cuenta de consignación.
7) Operaciones de pago no ejecutadas o ejecutadas incorrectamente
BOAE es responsable ante el cliente de la correcta ejecución de la orden de transferencia de fondos recibida de este, hasta que los fondos sean transferidos al beneficiario.
Si una orden de transferencia de fondos se ejecuta incorrectamente o no se llega a completar, el cliente deberá informar a BOAE tan pronto como tenga conocimiento del problema, para permitir a BOAE rectificar cualquier error en la medida de lo posible.
Si resulta imposible rectificar un error:
- Si es imputable a BOAE, esta reembolsará al cliente el importe de la orden de transferencia de fondos.
- Si es imputable al cliente, este será responsable de las pérdidas ocasionadas.
- Si el error es imputable a un tercero implicado en la operación, BOAE se pondrá en contacto con él para pedirle que rectifique el error lo antes posible.
8) Información para el cliente después de que BOAE haya recibido la orden de transferencia de fondos
Una vez ejecutada la orden de transferencia de fondos, BOAE pondrá a disposición del cliente un resumen de dicha operación en la página web www.boa-euroservices.com, que contendrá la información que se detalla a continuación. Para ver e imprimir este documento, el cliente deberá introducir el código personal que se le comunicó al crear su cuenta:
- nombre y apellidos del cliente;
- número de su documento de identidad;
- nombre y apellidos del beneficiario;
- forma de pago al beneficiario (importe ingresado en la cuenta bancaria);
- indicación del tipo de operación: «transferencia de fondos»;
- número de referencia interno asignado a la operación;
- importe de la operación en la moneda utilizada en la orden de pago;
- la comisión aplicada a la operación;
- el tipo de cambio aplicado; (debe figurar)
- la fecha en la que BOAE recibió la orden de pago emitida por el cliente;
el acceso a su historial de operaciones está limitado a 180 días.
9) Aplicación móvil BOAE para teléfonos móviles o tabletas: DABA TRANSFER
BOAE pone a disposición del cliente una aplicación para tabletas o teléfonos móviles, a través de la cual los clientes pueden:
- emitir una orden de transferencia mediante tarjeta bancaria como se indica en el apartado 5, letra c);
- simular operaciones de transferencia de dinero;
- añadir beneficiarios.
9.1) Identificación
Para iniciar sesión en su espacio privado en la aplicación, el cliente tendrá que introducir su dirección de correo electrónico y su contraseña.
El cliente se compromete a mantener la confidencialidad de sus datos de inicio de sesión y a no comunicarlos a terceros. En caso contrario, será el único responsable de las eventuales consecuencias.
El cliente es el único responsable del uso de la información o los documentos disponibles en la aplicación, por lo que asumirá todas las consecuencias que de dicho uso se deriven, sin que sea posible exigir responsabilidades a BOAE.
9.2) Acceso a la aplicación
La aplicación es accesible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, salvo en caso de fuerza mayor o de acontecimiento ajeno al control de BOAE, así como en caso de fallos u operaciones de mantenimiento necesarias para su correcto funcionamiento.
BOAE se reserva el derecho a interrumpir la aplicación total o parcialmente, en cualquier momento y sin previo aviso.
BOAE no se hace responsable de la indisponibilidad de la aplicación o del uso de los servicios cuando tales extremos se deban a circunstancias ajenas a BOAE.
9.3) Limitación de responsabilidad
El cliente declara que acepta las características y cualquier anomalía que limite el correcto funcionamiento de la aplicación móvil. BOAE no podrá ser considerada responsable por ningún motivo, y sin que esta enumeración sea limitativa, en caso de modificación, suspensión o interrupción.
BOAE no podrá ser considerada responsable en caso de interrupción de las redes que dan acceso a la aplicación, indisponibilidad total o parcial de la aplicación resultante en particular del operador de telecomunicaciones, errores de transmisión o problemas relativos a la seguridad de las transmisiones o fallo del equipo receptor o de la línea telefónica del usuario.
10) Comunicación
El cliente acepta comunicarse con BOAE en general por correo electrónico y por correo postal. Esto no afecta a su derecho a comunicarse con BOAE a través de otros medios de comunicación. También se informa al cliente del procedimiento de notificación segura en caso de sospecha de fraude, fraude real o amenaza para la seguridad.
11) Secreto profesional
BOAE está sujeta al secreto profesional. No obstante, esta confidencialidad podrá levantarse en todos los casos en que así lo exija la ley, en particular ante las autoridades de control, las autoridades fiscales o aduaneras o las autoridades judiciales que actúen en el marco de un procedimiento penal.
Además, el cliente autoriza a BOAE a comunicar información útil relativa al mismo a cualquier empresa del grupo al que pertenece, así como a empresas externas para la realización de servicios que BOAE subcontrate, adoptando BOAE todas las medidas para garantizar la confidencialidad de la información transmitida.
12) Procedimiento de reclamación del cliente
BOAE dispone de un servicio interno (SAC) encargado de atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por los clientes de la entidad. Los datos de contacto del Servicio de Atención al Cliente son los siguientes:
BOA EUROSERVICES
Calle Príncipe de Vergara 109, planta 7º derecha 28002 Madrid,
Correo electrónico: servicioatencionalcliente@bmce-euroservices.com
Si el cliente considera que la respuesta a su reclamación no es satisfactoria, podrá interponer un recurso ante el Banco de España, Departamento de Conducta de Mercado, c/ Alcalá, n.º 48, 28014 Madrid.
El procedimiento de resolución de quejas y reclamaciones se describe en el Reglamento de Atención al Cliente (SAC), que está a disposición de todos los clientes en las sucursales de BOAE y en línea dentro de la aplicación DABA TRANSFER.
13) Gestión de incidencias de los clientes
BOAE dispone de un departamento interno encargado de responder y resolver las denuncias de fraude presentadas directamente por los clientes de la entidad. Los datos de contacto del departamento son los siguientes:
BOA EUROSERVICES
Calle Príncipe de Vergara 109, planta 7º derecha 28002 Madrid,
Correo electrónico: incidents@boa-euroservices.com
14) Finalización de la relación comercial
Las presentes condiciones son válidas por tiempo indefinido. El cliente puede solicitar la rescisión de la relación comercial en cualquier momento por escrito. BOAE se reserva el derecho a rescindir la relación comercial a su entera discreción, previo aviso por escrito con dos meses de antelación.
BOAE no estará obligada a respetar este plazo de preaviso en caso de incumplimiento de las obligaciones normativas o en caso de comportamiento gravemente reprobable imputable al cliente. La relación comercial también cesa sin previo aviso el día en que se notifique a BOAE el fallecimiento del cliente, mediante un documento oficial.
15) Integridad y prevención de la corrupción
BOAE otorga una especial importancia a la ética, la lucha contra el fraude y la corrupción, y espera que toda persona relacionada con BOAE adhiera a los mismos principios y cumpla estrictamente la normativa vigente. Durante toda la duración de los Contratos, las Partes se comprometen a respetar las normas de integridad y prevención de la corrupción de BOAE, que pueden consultarse en su sitio web. Cualquier incumplimiento de estas normas constituye causa de resolución del contrato sin previo aviso ni indemnización.
El cliente se compromete a informar a BOAE sin demora sobre cualquier incumplimiento de las normas éticas, cualquier solicitud o intento de corrupción durante la ejecución de los servicios objeto del Contrato a través de los siguientes canales:
-Por correo electrónico: alerte.ethique@boa-euroservices.com
-Por correo postal: BOA EUROSERVICES, con la mención “Correo confidencial”, a la
atención del Departamento de Cumplimiento, Calle Príncipe de Vergara 109, planta 7º
derecha 28002 Madrid,
-En línea: https://hervasabogados.canaldedenuncias.app/Formulario.aspx?Id=29
16) Protección de datos personales
La protección de la privacidad es muy importante para BOA EuroServices. La política de privacidad de BOA EuroServices, que se adjunta a estas condiciones generales, establece las condiciones en las que se utilizarán los datos personales y los derechos que se confieren. Esta política de privacidad se refiere a las personas físicas y tiene por objeto explicar cómo BOA EuroServices recoge, utiliza y conserva los datos personales de sus clientes o clientes potenciales, así como sus derechos con respecto a sus datos personales. El tratamiento de sus datos está sujeto al cumplimiento del Reglamento europeo 2016/679, de 27 de abril de 2016, de protección de datos, conocido como «RGPD», o cualquier otro acto legislativo o normativo que lo modifique.
OTRA INFORMACIÓN
1) Definiciones:
- a) Día hábil: se considera día hábil aquel en el que las entidades de pago están abiertas al público en España y en el país de destino de los fondos durante toda la jornada y pueden realizar operaciones de transferencias internacionales de fondos.
- b) Servicio de transferencia de fondos: servicio de pago que permite recibir fondos de un cliente mediante la creación de una cuenta de pago a su nombre con el único fin de transferir un importe equivalente a un beneficiario predefinido.
- c) Cliente: usuario de servicios de pago. El cliente tiene la condición de consumidor, es decir, una persona física mayor de edad que participa en las operaciones de pago.
2) Comunicación al cliente de la información contenida en este documento
Este documento se entregará en papel o en formato electrónico al cliente en el momento de darse de alta como cliente y estará disponible para su consulta en cualquier momento en el tablón de anuncios de todas las sucursales de BOAE y en la aplicación. BOAE proporcionará al cliente toda la información legalmente requerida a petición de este.
BOAE se reserva el derecho a modificar estas condiciones en cualquier momento y se asegurará de que todas las versiones estén disponibles en la sucursal, en la página web www.boa-euroservices.com y en la aplicación.
En caso de desacuerdo con las modificaciones introducidas en las condiciones generales, el cliente tiene derecho a solicitar la rescisión del presente contrato notificándolo por escrito a BOAE.
3) Medidas de garantía
BOAE garantiza la salvaguarda de los fondos recibidos de los Clientes para la ejecución de las órdenes de transferencia de fondos de acuerdo con las medidas previstas en el art. 21 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. A tal efecto, estos fondos no se mezclarán en ningún momento con los de otra persona física o jurídica que no sea Cliente de BOAE. Asimismo, en el caso de que, al final del día hábil siguiente a aquel en que BOAE recibió los fondos del Cliente, dichos fondos no hayan sido pagados al beneficiario o, en su caso, transferidos al corresponsal, serán depositados en una de las cuentas bancarias separadas de BOAE, específicamente destinadas a recibir depósitos correspondientes a operaciones pendientes de pago.
4) Normativa aplicable
La prestación del servicio de transferencia de fondos por BOAE se rige por las presentes condiciones generales y, en lo no previsto en ellas, por las normas contenidas en el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera; el Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre de 2019, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago; la Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre de 2019, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se modifica la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo de 2004, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre de 2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, y en la normativa complementaria sobre servicios de pago, en particular sobre transparencia y resolución de quejas y reclamaciones, así como en el resto de la normativa española aplicable.
En aplicación de la legislación relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo, BOAE está obligada a solicitar a sus Clientes cualquier información y documentación para cumplir con las obligaciones impuestas por dicha legislación.
En este sentido, BOAE verifica la identidad y dirección de los nuevos Clientes antes del establecimiento de la relación comercial, por cualquier medio adecuado y conforme a Derecho. Además, BOAE recoge información relativa a la finalidad y naturaleza de la relación contractual, así como cualquier otra información que considere útil para garantizar un correcto conocimiento de los Clientes, en particular información relativa a sus ingresos y patrimonio. Durante el transcurso de la relación comercial, y con el fin de garantizar la coherencia del sistema de seguimiento, BOAE podrá solicitar al Cliente la siguiente información y actualizarla, si fuera necesario, mediante la aportación de una prueba de identidad o de cualquier otro elemento de identificación.
BOAE realiza un seguimiento constante de las operaciones de sus Clientes, supervisando cuidadosamente las operaciones realizadas y asegurándose de que son coherentes con la información actualizada que posee sobre ellos.
BOAE analiza cuidadosamente todas las operaciones realizadas en condiciones inusuales, en particular en lo que se refiere a la modalidad, el importe o el carácter atípico de estas operaciones en comparación con operaciones anteriores. Para ello, recaba toda la información pertinente del Cliente. El Cliente se compromete a prestar su ayuda respondiendo inmediatamente a cualquier solicitud recibida a este efecto y proporcionando toda la información justificante solicitada por BOAE, en su caso.
5) En caso de litigio relativo a la interpretación o ejecución de las presentes condiciones generales, serán competentes los órganos jurisdiccionales españoles.
6) El español se utilizará a lo largo de toda la relación comercial entre BOAE y el cliente
